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Prevenció y control de la legionelosis en las clínicas dentales. Actualización de la información para colegiados.

La actual normativa vigente en España decretada por el Ministerio de Sanidad es el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. En este RD se establece que, a partir del 2 de enero de 2024, las clínicas dentales, en tanto que centros sanitarios, deben prevenir y controlar la legionela en sus centros mediante, preferiblemente, de un Plan Sanitario frente a la legionela (PSL) tal y como se establece en los artículos 2 y 9 de la normativa.

Las competencias de sanidad están transferidas a las comunidades autónomas en materia de ejecución y gestión de aquella legislación básica sobre sanidad que promulga el gobierno central, y en Cataluña, el Departament de Salut y la Agencia de Salud Pública (ASPCAT), organismos encargados de la autorización e inspección de centros sanitarios y de la prevención y control sanitario de la legionelosis, respectivamente, no han dictado todavía ninguna reglamentación complementaria para el desarrollo de la normativa.

Con el fin de procurar facilitar una aplicación de esta ley de la forma lo más sencilla posible a las clínicas dentales dando oportuno cumplimiento de la normativa, el COEC se reunió con las autoridades sanitarias de Cataluña, y estamos trabajando intensamente en elaboración de un modelo o guía de PSL que se pueda autogestionar. Estamos a la espera de presentarlo a la autoridad competente y que nos den el visto bueno.

El Colegio es consciente de la enorme presión que algunas empresas están ejerciendo a numerosos colegiados en este tema; a este respecto, desde el COEC les pedimos prudencia y calma a la hora de abordar esta cuestión.

Les mantendremos informados por este canal de cualquier novedad que acontezca.

 

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https://www.coec.cat/es/noticies/legionellosi-rd487-2022

https://www.coec.cat/es/noticies/aplicacio-normativa-control-prevencio-legionellosi-cliniques-dentals-cat

Publicada la nueva normativa sobre el uso de la mascarilla en centros sanitarios

Les informamos que hoy se ha publicado en el DOGC la RESOLUCIÓ SLT/16/2024, de 8 de gener, per la qual s’adopta l’obligatorietat de l’ús de la mascareta en centres i serveis sanitaris per a la prevenció i el control d’infeccions que puden leer íntegramente en este enlace: https://dogc.gencat.cat/ca/document-del-dogc/?documentId=975711

Esta normativa establece que los centros y servicios sanitarios que quedan obligados al uso de la mascarilla, son: centros de atención primaria, centros de atención hospitalaria, centros de atención intermedia, centros de salud mental. Desde el Departament de Salut nos informan que, en principio, no afecta a las clínicas dentales. Apelamos, sin embargo, al criterio de cada responsable de centro y estamos a la espera de la resolución del Ministerio de Sanidad.

Por un criterio de prudencia, el Col·legi Oficial d’Odontòlegs i Estomatòlegs de Catalunya recomienda el uso de la mascarilla en clínicas dentales mientras dure esta situación de alta incidencia de virus respiratorios, como profesionales sanitarios que somos y actuando con la máxima responsabilidad.

Declaración anual de residuos sanitarios

Les recordamos que dentro del primer trimestre del año las clínicas dentales, en tanto que productoras de residuos sanitarios que son, deben presentar la “Declaración anual de producción y gestión de residuos sanitarios”, de obligada notificación a la Agencia de Salud Pública de Cataluña (APSCAT). En esta declaración constará el volumen de residuos de riesgo o específicos (grupo III) generados por el centro durante el año anterior.

Actualmente, este trámite sólo se puede hacer en línea y se debe disponer de certificado digital. Acceso al trámite.

Les facilitamos un vídeo-tutorial de como hacer las tramitaciones electrónicas en la web de Gencat paso a paso (no específica de este trámite).

Encontrará toda la información sobre los residuos sanitarios en este enlace: https://www.coec.cat/es/espai-collegial/residus_sanitaris

El Dr. Boj Quesada recibe el premio Santa Apol·lònia 2024, la máxima distinción que otorga el COEC

La Junta de Gobierno del Col·legi Oficial d’Odontòlegs i Estomatòlegs de Catalunya (COEC) ha otorgado el premio Santa Apol·lònia 2024 al colegiado Dr. Joan Ramon Boj Quesada. Este galardón es la máxima distinción que concede el colegio para reconocer la trayectoria y figura de personalidades relevantes del mundo de la Odontología y la Estomatología. El reconocimiento se entregará el viernes 9 de febrero de 2024 en el marco del acto de celebración de Santa Apolonia en el COEC.

El Dr. Boj es licenciado en Medicina y Cirugía por la Universidad Autónoma de Barcelona, médico especialista en Estomatología por la Universidad de Barcelona y posee el título de especialista en Odontopediatría por la School of Medicine and Dentistry de la Universidad de Rochester (EE.UU.).

Doctor en Medicina y Cirugía por la UB y profesor titular de Odontopediatría, es catedrático de Odontopediatría desde el año 2001 de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de la Universidad de Barcelona. Desde 2006 es académico de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Murcia y también ha sido director de la clínica odontológica de los Juegos Paralímpicos de Barcelona ’92 formando parte del Comité Olímpico Internacional (COI).

 

 

 

En el ámbito internacional, en 1998 fue nombrado presidente de la sección de Odontopediatría del 86 Congreso Mundial de la Federación Dental Internacional (FDI). Ha sido miembro internacional de la American Academy of Pediatric Dentistry (AAPD) y del Editorial Board de esta misma institución.

Entre 2005 y 2007, el premiado fue presidente de la Sociedad Española de Odontopediatría (SEOP) y en 1990 fue miembro fundador de la European Academy of Paediatric Dentistry (EAPD).

En su trayectoria profesional destaca la presidencia que ocupó en 2004 del Congreso Bianual de Odontopediatría de la European Academy of Paediatric Dentistry (EAPD) y el cargo de representante español de la ONG Dental Volunteers for Israel, en Jerusalén (Israel).

Hasta el momento, ha sido director de 27 tesis doctorales y es autor de 17 libros de la especialidad, el último, de 2023, es Casos clínicos en odontopediatría. En el área académica ha impartido cursos y conferencias en España, Estados Unidos, Israel, Japón, Australia, India, Jamaica, Perú, México, Bolivia, Argentina, Alemania, Bélgica, Croacia, Italia, Polonia, Portugal y Andorra. Destaca también la publicación de 194 artículos científicos y de 319 comunicaciones científicas presentadas en congresos.

La receta electrónica llega a la sanidad privada de Cataluña, gracias al impulso conjunto de médicos, dentistas y farmacéuticos

La receta electrónica ya es una realidad también en el sector de la asistencia sanitaria privada gracias al impulso y colaboración del Consell de Col·legis de Metges de Catalunya (CCMC), el Consell de Col·legis Farmacèutics de Catalunya (CCFC) y el Col·legi d’Odontòlegs i Estomatòlegs de Catalunya (COEC). El 40% de los médicos y el 21% de los odontoestomatólogos que realizan actividad privada ya utilizan el sistema que facilitan los colegios profesionales (sistema REMPe) para prescribir medicamentos. A su vez, cada vez más pacientes ya están recibiendo su hoja de medicación por correo electrónico, con un código identificativo que el farmacéutico puede leer para dispensarle su tratamiento. El sistema permite que cualquier receta electrónica prescrita en el ámbito privado pueda ser dispensada en cualquier farmacia comunitaria de Cataluña.

 

Cerca de 140.000 recetas electrónicas privadas emitidas en 10 meses

Durante los primeros 10 meses del año (del 1 de enero al 31 de octubre), se han emitido cerca de 140.000 recetas electrónicas privadas (el 88% por parte de médicos y el 12% por parte de odontoestomatólogos). Por otro lado, casi el 100% de las farmacias catalanas están preparadas para dispensar recetas electrónicas privadas y el 82% ya han realizado alguna dispensación.

La receta electrónica privada supone dejar atrás las prescripciones en papel, a menudo escritas a mano, que podían generar problemas, como errores de lectura y de interpretación o riesgo de falsificaciones, o bien que no permitían detectar duplicidades e integrar de forma automática una información tan relevante como son los tratamientos en la historia clínica del paciente.

Ventajas de la receta electrónica privada:

  • Comodidad para el paciente y para el profesional (se puede utilizar desde cualquier dispositivo con conexión a Internet).
  • Sostenibilidad: evita o reduce el uso de papel y tinta.
  • Seguridad clínica: informa de alertas, detecta interacciones y duplicidades y evita errores de lectura. El sistema registra la medicación en la historia clínica del paciente.
  • Seguridad jurídica: protege los datos y la confidencialidad.
  • Trazabilidad: evita falsificaciones, puesto que se puede controlar todo el proceso a través del número identificativo de la receta.
  • Adherencia al tratamiento
  • Canal de comunicación con el paciente y entre los profesionales.

 

 

La receta electrónica se envía de forma automatizada al paciente, que la recibe en su correo electrónico en formato PDF. Para retirar el medicamento en la farmacia, el paciente solo debe mostrar este documento. Hay que tener en cuenta que la dispensación debe realizarse antes de los 10 días posteriores a la emisión de la prescripción, ya que el sistema elimina las recetas una vez transcurrido este tiempo. En caso de tratamientos de larga duración, si la primera dispensación se realiza dentro del plazo, el resto de las recetas quedarán disponibles automáticamente durante los 10 días correspondientes a cada una.

 

 

Los tres colectivos profesionales que han colaborado en la puesta en marcha de la receta electrónica privada destacan el gran avance que representa el sistema de receta electrónica en cuanto a seguridad y calidad, ya que estos son dos requisitos indispensables que deben garantizarse al paciente en cualquier acto de prescripción, al margen de si se realiza en el sector público o en el privado.

Según el presidente del CCMC, Josep Vilaplana, “la receta electrónica ofrece mayor comodidad y seguridad en la prescripción y dispensación de medicamentos, a la vez que permite integrar esta información en la historia clínica de forma automática. El objetivo es ir incrementando el número de profesionales que la utilizan, para que se convierta en el método habitual de prescripción”.

El presidente del CCFC, Jordi Casas, destaca que “las farmacias están plenamente preparadas para utilizar este sistema, que contribuye a una dispensación más segura y evita que los usuarios recurran al uso de soportes no válidos a la hora de acceder a su medicación, como, por ejemplo, recetas fotografiadas o enviadas por aplicaciones de mensajería instantánea”.

Según el presidente del COEC, German Pareja, “la receta electrónica mejora el control del paciente por parte de los profesionales y evita errores de lectura. Además, la plataforma puede ser utilizada por cualquier colegiado en distintos centros y consultas, protege los datos y mantiene la confidencialidad sobre el tratamiento del paciente”.

 

De izquierda a derecha: Jordi Casas (CCFC), German Pareja (COEC) y Jaume Padrós (CCMC)

Aplicación de la normativa de control y prevención de legionelosis en las clínicas dentales de Cataluña

Os informamos que el presidente del COEC, el Dr. German Pareja, ha mantenido reuniones con las autoridades sanitarias de Cataluña para conocer por parte del organismo competente cómo será la aplicación de la ley Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis en las clínicas dentales radicadas en Cataluña.

La autoridad sanitaria en Cataluña está valorando cómo se formulará de forma específica la aplicación de esta nueva normativa en el ámbito de las clínicas dentales y qué requerimientos concretos tendrán que contemplar los planes de prevención y control de legionela que necesariamente deberán tener implementados los consultorios dentales. En cuanto el COEC disponga de información actualizada por parte de las autoridades sanitarias catalanas, la comunicará a la colegiación.

Caso Clínico nº 6

Este caso clínico ha sido preparado y cedido al COEC por la Dra. Helena Viñals.

 

TE PLANTEAMOS:

Mujer de 56 años que viene para colocarse implantes. Como antecedentes personales no tiene ni alergias conocidas ni hábitos tóxicos, presenta epistaxis ocasionales y le extirparon unas varices de las extremidades inferiores hace un año. Tanto el padre como un hermano y una hermana presentan ese punteado rojo que se puede observar en las imágenes en los labios y en la lengua. La exploración muestra petequias en la mucosa oral, dorso de la lengua, labio inferior y piel de la cara. También presenta una lengua ligeramente depapilada y venectasis en la cara ventral.

¿Cuál crees que podría ser la mejor actuación?
1. Recomendarle preferiblemente una prótesis removible dada la fragilidad de la mucosa oral.
2. Remitir a la paciente a un digestólogo.
3. Solicitar unas pruebas de coagulación (TTP y T de Protrombina) y, si son negativas, planificar los implantes.
4. Solicitar un hemograma y, si no existe plaquetopenia, proponerle los implantes.
5. Remitir a la paciente a un internista.

 

LA RESPUESTA CORRECTA:

Es un desorden vascular caracterizado por la presencia de telangiectasias y malformaciones arteriovenosas (MAV). Es autosómico dominante con expresión variable. La prevalencia se estima en 1 por cada 5.000 a 10.000 individuos. Las manifestaciones clínicas incluyen sangrado nasal espontáneo y recurrente en el 90% de los pacientes, telangiectasis en la nariz, la cara, los labios, cavidad oral, manos y MAV viscerales. Las alteraciones sistémicas pueden incluir hemorragias gastrointestinales en un 20% de casos, MAV pulmonares en un 15-30%, MAV cerebrales en un 5-15% y alteraciones hepáticas en un 30-70% de casos. Puede haber anemia por los sangrados, pero no se alteran las pruebas de coagulación, porque el defecto es vascular, no sanguíneo.

Las bases genéticas están asociadas a la mutación de dos posibles genes: el de la endoglina (cromo 9) que determina el HHT subtipo 1 o el gen de la activina (cromosoma 12) que determina el HHT2. Ambos genes codifican una proteína de membrana expresada en las células del endotelio vascular que actúa como receptor de membrana para ß-TGF, esencial para una angiogénesis normal.

El diagnóstico definitivo de HHT se realiza con tres de los siguientes criterios (Criterios de Curaçao):
1) epistaxis;
2) telangiectasias cutáneas y mucosas;
3) malformaciones viscerales arteriovenosas (MAV) gastrointestinales, pulmonares, hepáticas, cerebrales y espinales;
4) historia familiar en la que en los parientes de primer grado presenten estos criterios.

La paciente, a priori, cumple 3 de los 4 criterios y ante la sospecha debemos remitirla a un internista para una valoración global y preventiva.

El HHT no tiene tratamiento causal. Es importante descartar las posibles alteraciones sistémicas. Las epistaxis se tratan de forma conservadora. Puede ser necesaria la electrocirugía, luz pulsada intensa (IPL), coagulación con láser por las telangiectasias, la administración de hierro y/o transfusiones sanguíneas y cirugía pulmonar, gastrointestinal, cerebral individualizada según las complicaciones.

Colegiada ganadora: Dra. Maria Taberner Vallverdú.

Premio: Laskaris, George “Color Atlas of Oral Diseases. Diagnosis and Treatment”

Caso Clínico nº 5

Este caso clínico ha sido preparado y cedido al COEC por la Dra. Helena Viñals.

 

TE PLANTEAMOS:

Paciente de 78 años con antecedentes de diabetes mellitus de 12 años de evolución. Recientemente ha tomado un antibiótico durante 10 días. Acude a la clínica dental para realizar una prótesis removible. Como síntomas tiene escozor oral y se observa la boca en las condiciones que muestra la imagen. Se intentan eliminar las placas blandas de la mucosa y el paladar con una espátula y se ve que se desprenden con facilidad, dejando una base eritematosa.

¿Cuál crees que podría ser la mejor actuación?
1. Prescribiría un antifúngico sistémico durante un mes y lo citaría después a control.
2. Le explicaría al paciente que debe ir al médico de cabecera para mejorar el control de su diabetes descompensada.
3. Daría instrucciones de higiene oral, prescribiría un antifúngico tópico y valoraría al paciente en 2-3 semanas.
4. Dejaría anotado en la historia clínica la alergia al antibiótico y le prescribiría un colutorio de clorhexidina durante 2-3 semanas.
5. Le explicaría que debería enjuagar con agua con bicarbonato -para alcalinizar el medio- y tomaría impresiones para la prótesis.

 

LA RESPUESTA CORRECTA:

Esta es una situación clínica frecuente. En la candidiasis pseudomembranosa aguda se encuentran placas blandas y cremosas sobre una mucosa eritematosa que se eliminan fácilmente con una espátula o gasa. Es habitual en pacientes diabéticos o después de un uso prolongado de antibióticos, por trastorno del equilibrio de la flora oral. También por el uso de corticoides tópicos o sistémicos, en infectados por VIH y en otras inmunodeficiencias, en xerostomías crónicas debidas a radio-quimioterapia o medicación y en el síndrome de Sjögren, entre otros.

Un diagnóstico de laboratorio podría realizarse con un frotis y una citología de la pseudomembrana teñida con PAS. En la práctica diaria, el cuadro clínico está claro y la citología solo se haría en caso de duda.

Se trata inicialmente con medicación antifúngica tópica para aliviar los síntomas y la mayor parte de los casos se curan en 2-3 semanas. Los antifúngicos sistémicos se darían en casos en que no se resolviera el caso con un tratamiento tópico. Puede ser cierto que en este paciente la diabetes no esté compensada, pero este hecho no exime de la actuación inicial. No se planteará ningún tratamiento de prótesis hasta la total resolución del cuadro infeccioso de la mucosa y de las demás alteraciones que se aprecian en la imagen.

 

Colegiada ganadora: Dra. Liliana Scappin.

Premio: Bagán, José V. “Medicina y Patología Bucal”